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La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.
¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?
La legalización consiste en reconocer la
firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo
registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores
para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del
funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni
revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el
cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición
del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la
Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento
privado.
La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario
público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de
datos del Ministerio de Relaciones Exteriores
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